Defensoría cuestiona permisos para torres de Claro y Movistar en parques infantiles
Tags: Costarica, radiaciones, electrosensibles
Fuente: Elpais.cr | 2012-05-14
San José, 14 may (Elpais.cr) - La Defensoría de los Habitantes pidió a la Municipalidad de Curridabat confirmar si ha autorizado o no, la posibilidad de instalar torres de telefonía celular en parques infantiles, debido a una denuncia de vecinos del cantón.
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Según se indica en un comunicado de prensa de la institución “En una carta dirigida al Alcalde y a la Presidenta Municipal de ese cantón, la Defensoría señala la necesidad de que esta situación pueda ser explicada por el ayuntamiento para verificar si realmente se ha otorgado esos permisos a empresas comerciales de telefonía celular”.
Las empresas comerciales de telefonía celular que brindan servicio en el país son la mexicana Claro y la española Movistar.
La Defensoría apunta que vecinos “preocupados porque estos espacios de recreación de niños y niñas sean reducidos en contra del derecho de esparcimiento que tienen las personas menores de edad”.
“En ese sentido se le solicita referirse a los hechos de la denuncia de los habitantes y además las pruebas que correspondan, entre éstas, el Reglamento Municipal de Regulación de las Torres Celulares y las Actas del Concejo Municipal en el caso de que se haya resuelto otorgar permisos para la instalación de estas estructuras en los parques infantiles de la comunidad”, agrega el comunicado.
“La Defensoría otorgó un plazo de cinco días al municipio para que se refiera al asunto en aras de tener la información a disposición de los habitantes del cantón interesado en esta situación”, finaliza la nota.
Cabe recordar que la semana anterior, la Sala Constitucional admitió para estudio una Acción de Inconstitucionalidad contra instituciones de Costa Rica, que han disminuido la rigurosidad legal ambiental, con el fin de instalar torres de telefonía celular.
El abogado Álvaro Sagot Rodríguez, experto en derecho ambiental, presentó la acción el año anterior, porque las autoridades habían decidido eximir el estudio de impacto ambiental a las empresas para levantar torres celulares en diversas partes del territorio nacional.
Sagot informó a este medio, que recibió la notificación de la Sala IV, con lo que los trámites de impugnación administrativa y judicial contra la construcción de torres quedarán suspendidos, hasta tanto resuelva el Alto Tribunal.
Ciudadanos y comunidades de todo el país han impugnado la construcción de esas torres cerca de escuelas, en bosques y en sectores urbanos, pero han fracasado por los rechazos de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), y las municipalidades, en su mayoría.
El abogado explicó que hasta el momento la Setena, no exigía un estudio de impacto ambiental completo, lo que violenta la normativa del Tratado de Libre Comercio (TLC), con Centroamérica, República Dominicana y los Estados Unidos.
Con la apertura de las telecomunicaciones durante la administración Arias Sánchez (2006 – 2010), los requisitos ambientales para la instalación de ese tipo de torres fueron disminuidos con el propósito de beneficiar a transnacionales que entraron a competir con el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), que mantenía el monopolio de ese sector.
Sagot resaltó a la Sala IV que con las directrices cuestionadas se violenta incluso el TLC en su capítulo 17, artículo 17.2.2. (Ley N° 8622) que dice: “Las Partes reconocen que es inapropiado promover el comercio o la inversión mediante el debilitamiento o reducción de las protecciones contempladas en su legislación ambiental interna. En consecuencia, cada Parte procurará asegurar que no dejará sin efecto o derogará, ni ofrecerá dejar sin efecto o derogar dicha legislación de una manera que debilite o reduzca la protección otorgada por aquella legislación, como una forma de incentivar el comercio con otra Parte, o como un incentivo para el establecimiento, adquisición, expansión o retención de una inversión en su territorio”.
“Considero, conforme se ha descrito en mi texto de acción, que mediante las directrices se estaría promoviendo el comercio o la inversión extranjera, mediante el debilitamiento o reducción de las protecciones contempladas en nuestras leyes, como por ejemplo lo especificado en el numeral 16 de la Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos en relación con lo dispuesto en el artículo 3 inciso k, de la Ley General de Telecomunicaciones, pues con la modificación administrativa se violentan normas de rango de rango legal”, alegó Sagot Rodríguez.
Fuente:http://www.elpais.cr/frontend/noticia_detalle/1/67007?error=1
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